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BARNEY'S FARM - GLOOKIES FEM | 1 SEMILLA
Bacalao.
BF2004001
Productor
: BARNEY'S FARM
Si Marvel creara una variedad para los Vengadores, ésta sería sin duda GLOOKIES. Echa un vistazo a esta variedad de superhéroe con dominancia Indica creada a partir de la cuidadosa fusión de dos...
Precio estándar
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Si Marvel creara una variedad para los Vengadores, ésta sería sin duda GLOOKIES. Echa un vistazo a esta variedad de superhéroe con dominancia Indica creada a partir de la cuidadosa fusión de dos eclécticas variedades de cannabis superestrella. Gorilla Glue y Thin Mint Girl Scout Cookies no necesitan presentación. Otra fenomenal nueva adición a la Colección Barney's Farm Cali.
ADVERTENCIA: Las semillas de cáñamo están excluidas de la noción legal de Cannabis, lo que significa que no deben considerarse una sustancia estupefaciente (L. 412 de 1974, art. 1, párrafo 1, lett. B; Convención Única sobre Estupefacientes de Nueva York de 1961 y tabla II del Decreto Ministerial 27/7/1992). En Italia, el cultivo del cáñamo está prohibido (artículos 28 y 73 del Decreto Presidencial 309/90) a menos que se obtenga una autorización especial (artículo 17 del Decreto Presidencial 309/90). A falta de autorización, las semillas sólo pueden utilizarse para otros fines (zootécnicos, recolección, etc.). Las semillas se venden con la reserva de que no sean utilizadas por terceros en conflicto con la ley.
Características Glookies Fem:
- Género: Feminizada
- Genotipo: 70% Indica / 30% Sativa
- Genética: Gorilla Glue x Thin Mint Girl Scout Cookies
- Días de floración: 60 - 70 días
ADVERTENCIA: Las semillas de cáñamo están excluidas de la noción legal de Cannabis, lo que significa que no deben considerarse una sustancia estupefaciente (L. 412 de 1974, art. 1, párrafo 1, lett. B; Convención Única sobre Estupefacientes de Nueva York de 1961 y tabla II del Decreto Ministerial 27/7/1992). En Italia, el cultivo del cáñamo está prohibido (artículos 28 y 73 del Decreto Presidencial 309/90) a menos que se obtenga una autorización especial (artículo 17 del Decreto Presidencial 309/90). A falta de autorización, las semillas sólo pueden utilizarse para otros fines (zootécnicos, recolección, etc.). Las semillas se venden con la reserva de que no sean utilizadas por terceros en conflicto con la ley.
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