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SILENT SEEDS - ORIGINAL AMNESIA FEM | 10 SEMILLAS
Bacalao.
SILS017F10
Productor
: SILENT SEEDS
Original Amnesia es una semilla feminizada de primera calidad con dominancia Sativa. Representa la cepa icónica que más hizo por forjarse una reputación en Ámsterdam a principios de la década de...
Precio estándar
€85,00 IVA incluido
(10%)
Original Amnesia es una semilla feminizada de primera calidad con dominancia Sativa. Representa la cepa icónica que más hizo por forjarse una reputación en Ámsterdam a principios de la década de 2000. Hoy en día, es un gran clásico contemporáneo. Queríamos que estuviera en nuestro catálogo simplemente porque es el único híbrido Sativa fotodependiente y de floración rápida del mercado que combina un conjunto de cualidades sin igual.
ADVERTENCIA: Las semillas de cáñamo están excluidas de la noción legal de Cannabis, lo que significa que no deben considerarse una sustancia estupefaciente (L. 412 de 1974, Art. 1, párrafo 1, lett. B; Convención Única sobre Estupefacientes de Nueva York de 1961 y tabla II del Decreto Ministerial 27/7/1992). En Italia, el cultivo del cáñamo está prohibido (artículos 28 y 73 del Decreto Presidencial 309/90) a menos que se obtenga una autorización especial (artículo 17 del Decreto Presidencial 309/90). A falta de autorización, las semillas sólo pueden utilizarse para otros fines (zootécnicos, recolección, etc.). Las semillas se venden con la reserva de que no serán utilizadas por terceros en conflicto con la ley.
Características Original Amnesia Fem:
- Género: Feminizada predominantemente Sativa
- Genotipo: Híbrido 30% Indica / 70% Sativa
- Genética: Original Amnesia x Original Amnesia
- Días: 65
ADVERTENCIA: Las semillas de cáñamo están excluidas de la noción legal de Cannabis, lo que significa que no deben considerarse una sustancia estupefaciente (L. 412 de 1974, Art. 1, párrafo 1, lett. B; Convención Única sobre Estupefacientes de Nueva York de 1961 y tabla II del Decreto Ministerial 27/7/1992). En Italia, el cultivo del cáñamo está prohibido (artículos 28 y 73 del Decreto Presidencial 309/90) a menos que se obtenga una autorización especial (artículo 17 del Decreto Presidencial 309/90). A falta de autorización, las semillas sólo pueden utilizarse para otros fines (zootécnicos, recolección, etc.). Las semillas se venden con la reserva de que no serán utilizadas por terceros en conflicto con la ley.
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