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HUMBOLDT SEED ORGANIZATION - LEMON CITRON FEM | 5 SEMILLAS
Bacalao.
HS005F0005
Productor
: HUMBOLDT SEED ORGANIZATION
Lemon Citron es una fusión de dos variedades muy solicitadas, conocidas por sus perfiles de terpenos cítricos y gaseosos. La infame Lemon Tree ha sido polinizada con nuestra élite OG seleccionada...
Precio estándar
€50,00 IVA incluido
(10%)
Lemon Citron es una fusión de dos variedades muy solicitadas, conocidas por sus perfiles de terpenos cítricos y gaseosos. La infame Lemon Tree ha sido polinizada con nuestra élite OG seleccionada por cuatro vías. Esta variedad es definitivamente una ganadora y debe ser incluida en todas las alineaciones de conocedores.
ADVERTENCIA: Las semillas de cáñamo están excluidas de la noción legal de Cannabis, lo que significa que no deben considerarse una sustancia estupefaciente (L. 412 de 1974, art. 1, coma 1, lett. B; Convención Única sobre Estupefacientes de Nueva York de 1961 y tabla II del Decreto Ministerial 27/7/1992). En Italia, el cultivo del cáñamo está prohibido (artículos 28 y 73 del Decreto Presidencial 309/90) a menos que se obtenga una autorización especial (artículo 17 del Decreto Presidencial 309/90). A falta de autorización, las semillas sólo pueden utilizarse para otros fines (zootécnicos, recolección, etc.). Las semillas se venden con la reserva de que no sean utilizadas por terceros en conflicto con la ley.
Características Lemon Citron Fem:
- Género: Indica-dominante feminizada
- Genotipo: híbrido 70% Indica / 30% Sativa
- Genética: Lemon Tree x Geist OG (4 vías)
- Días: n.d.
ADVERTENCIA: Las semillas de cáñamo están excluidas de la noción legal de Cannabis, lo que significa que no deben considerarse una sustancia estupefaciente (L. 412 de 1974, art. 1, coma 1, lett. B; Convención Única sobre Estupefacientes de Nueva York de 1961 y tabla II del Decreto Ministerial 27/7/1992). En Italia, el cultivo del cáñamo está prohibido (artículos 28 y 73 del Decreto Presidencial 309/90) a menos que se obtenga una autorización especial (artículo 17 del Decreto Presidencial 309/90). A falta de autorización, las semillas sólo pueden utilizarse para otros fines (zootécnicos, recolección, etc.). Las semillas se venden con la reserva de que no sean utilizadas por terceros en conflicto con la ley.
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