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PARADISE SEEDS - DRAGON HOLANDES FEM | 10 SEMILLAS
Bacalao.
PS0301
Productor
: PARADISE SEEDS
Bestia Sativa... Dutch Dragon, ganadora de premios y una de nuestras variedades iniciales, sigue siendo una elección popular entre nuestros seguidores. Esta cepa tiene sus raíces en el continente...
Precio estándar
€62,50 IVA incluido
(10%)
Bestia Sativa... Dutch Dragon, ganadora de premios y una de nuestras variedades iniciales, sigue siendo una elección popular entre nuestros seguidores. Esta cepa tiene sus raíces en el continente africano, la genética original fue importada de Swazilandia a Europa hace unos años. Esta sativa se cruzó con genética holandesa para estabilizarla.
ADVERTENCIA: Las semillas de cáñamo están excluidas de la noción legal de Cannabis, lo que significa que no deben considerarse una sustancia estupefaciente (L. 412 de 1974, art. 1, párrafo 1, lett. B; Convención Única sobre Estupefacientes de Nueva York de 1961 y tabla II del Decreto Ministerial 27/7/1992). En Italia, el cultivo del cáñamo está prohibido (artículos 28 y 73 del Decreto Presidencial 309/90) a menos que se obtenga una autorización especial (artículo 17 del Decreto Presidencial 309/90). A falta de autorización, las semillas sólo pueden utilizarse para otros fines (zootécnicos, recolección, etc.). Las semillas se venden con la reserva de que no sean utilizadas por terceros en conflicto con la ley.
Características Dutch Dragon Fem:
- Género: Feminizada
- Genotipo: Híbrido 25% Indica / 75% Sativa
- Genética: African Sativa x Nl Skunk x Indian Kush
- Días: 65 días
ADVERTENCIA: Las semillas de cáñamo están excluidas de la noción legal de Cannabis, lo que significa que no deben considerarse una sustancia estupefaciente (L. 412 de 1974, art. 1, párrafo 1, lett. B; Convención Única sobre Estupefacientes de Nueva York de 1961 y tabla II del Decreto Ministerial 27/7/1992). En Italia, el cultivo del cáñamo está prohibido (artículos 28 y 73 del Decreto Presidencial 309/90) a menos que se obtenga una autorización especial (artículo 17 del Decreto Presidencial 309/90). A falta de autorización, las semillas sólo pueden utilizarse para otros fines (zootécnicos, recolección, etc.). Las semillas se venden con la reserva de que no sean utilizadas por terceros en conflicto con la ley.
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